
Una duda bastante frecuente surge en el momento que tenemos comprador y vamos a firmar el contrato de compraventa, puesto que es muy probable que nuestro seguro de automóvil no haya vencido,
nos interesará saber si podemos reclamar la prima no consumida a nuestra aseguradora. La respuesta es "
no", nuestra obligación es comunicar al comprador la existencia del seguro ya que si finalmente compra el coche, adquirirá también los derechos y obligaciones que en el contrato del seguro correspondían al anterior titular.
Tanto el comprador como el vendedor
deben comunicar a la aseguradora que se ha realizado la transmisión legal del vehículo, y si la compañía de seguros no quiere tener al comprador como asegurado, ésta puede rescindir el contrato, aunque deberá devolverle -al comprador, no al vendedor-, la parte de prima no consumida. Si es el comprador el que quiere rescindir el seguro, entonces la aseguradora no está obligada a devolver absolutamente nada.
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